5 Maneras de Frenar un Embargo

5 Maneras de Frenar un Embargo

¿Tienes problemas para estar al día con los pagos de una deuda? ¿Estás recibiendo múltiples comunicaciones de un prestamista?

Al estar ante una situación de impagos puedes enfrentarte ante una situación de embargo; el cual se trata de un proceso legal para confiscar los bienes o patrimonio que un deudor pueda tener para pagar sus responsabilidades financieras.

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Aún así puedes estar tranquilo, ya que en la actualidad hay varias maneras de evitar un embargo:

Pagar la deuda reclamada

Aunque parece muy obvio y se encuentre como la primera opción, resulta ser al mismo tiempo la manera más fácil para evitar un embargo.

En el mayor de los casos, las entidades financieras están dispuestas a negociar un nuevo plan de pagos con sus deudores. Después de todo, a un prestamista le interesa un préstamo pagado que realizar un embargo.

Es por ello que siempre es recomendado mantener una comunicación abierta entre el deudor y la entidad financiera, puedes compartir tus complicaciones y negociar un nuevo calendario de pagos y tal vez un nuevo monto a pagar cada mes.

Por otro lado, la opción de pagar una deuda no se recomienda en los casos de que:

  • Existan cláusulas o intereses abusivos, algo común entre préstamos personales

  • Porque seas el avalista y te hayan demandado a ti en vez del titular.

  • Que no reconozcas los montos que te hayan sumado a la deuda.

Ley de la Segunda Oportunidad

A través de la Ley de la Segunda Oportunidad puedes detener cualquier proceso de embargo, al utilizar este mecanismo legal podrás tener la oportunidad de eliminar cualquier deuda que puedas tener con una entidad financiera.

Mientras te encuentres realizando el proceso de cancelación de deuda con la Ley de la Segunda Oportunidad, la entidad financiera no podrá realizar el embargo de cualquiera de tus bienes o patrimonio.

Es así como desde el momento de que firmas la solicitud de Segunda Oportunidad ante un notario podrás estar más tranquilo, ya que esto paralizará cualquier embargo tramitado.

Esto se debe a que el proceso de embargo solo favorece a la entidad financiera; por otro lado, a través del uso de este mecanismo legal ambas partes se verán beneficiadas.

Al cerrar un proceso de acuerdo extrajudicial de pagos el deudor termina asumiendo una parte de la deuda con una cuota mensual que se pueda ajustar a su situación financiera. Ante esto el deudor no tiene un estado de impago y no sufrirá de algún proceso de embargo.

También existe la posibilidad de que el juez cancele la deuda en su totalidad por lo que ya no habría deuda ni tampoco un proceso de embargo.

Negociación extrajudicial

Un servicio común entre los abogados especializados en el manejo de deudas, esta opción también puede ser ideal para evitar un embargo y consiste en la negociación entre el deudor o su representante legal con la entidad financiera para reestructurar la deuda y ajustar los pagos a los ingresos actuales del deudor.

De igual manera, esta opción es ideal para aquellas deudas que sean por cualquier tipo de préstamo y entre los resultados que se pueden obtener se encuentran:

  • Quita: se basa en la cancelación de una parte de la deuda que se posee, de esta forma el deudor podrá cubrir los pagos con sus ingresos actuales. Aunque hay que destacar que la condición de esta opción es que los pagos deben ser efectivos en las fechas pactadas.

  • Carencia: esta opción se basa en pagar nada más intereses por un plazo establecido, y luego pasar a las cuotas de la deuda, esta puede resultar ser una de las opciones más asequibles mientras la economía del deudor mejora.

  • Reducción de los intereses: esta se basa en la cancelación de la cláusula del IRPH, lo que te permite la reducción de la cuota o el interés, y de esta forma la mensualidad se ve reducida.

  • Ampliación de los plazos: como su nombre indica, se basa en incrementar el número de plazos y así poder reducir el monto a pagar cada mes. Aunque hay diferentes opciones, la extensión puede ir desde cinco hasta cuarenta años.

Oposición al monitorio

Otra manera de poder frenar un embargo es la de oponerse al proceso monitorio a través de una petición. En esta situación deberás de visitar al juzgado y presentar una carta detallando las razones por las que no estás en condiciones para saldar la deuda.

Esta opción depende que el deudor presente un escrito con las razones bien explicadas, ya que más después deberás de defender estos motivos durante el juicio. Por lo que no deberás de presentar nuevos motivos que no estén en la carta.

Entre los motivos comunes que los deudores pueden alegar se encuentran:

  • La deuda ha prescrito.

  • La deuda no está justificada.

  • El deudor necesita demandar a otras personas.

  • La deuda posee intereses muy altos que pueden considerarse abusivos. Por lo que el deudor deberá de pagar el dinero prestado sin incluir los intereses.

  • La deuda ha pasado a un nuevo acreedor luego de que el primero haya vendido la deuda original.

Es por eso que es necesario disponer de constancia con los motivos que se alegan por los que no se puede pagar la deuda.

Hay que destacar que en los casos de una deuda mayor a 2.000€ es necesario disponer de un abogado que pueda asistir al deudor durante el proceso, ya que el monto de la deuda podrá llevar a que el juicio sea ordinario o verbal.

Solicitar la dación en pago

Esta es la manera más difícil de frenar un embargo aunque igualmente se puede intentar y que aplica con deudas hipotecarias. La dación de pago se basa en que el deudor entrega la vivienda a cambio de la cancelación de la deuda total.

La dación en pago es ideal para aquellos deudores que tienen dificultades para enfrentar las mensualidades de su hipoteca.

Aunque no parece una opción ideal podrás disponer de diversas ventajas como por ejemplo:

  • La deuda estará saldada apenas la vivienda sea entregada.

  • Se ahorra las molestias y el tiempo del proceso judicial que conlleva el embargo y la ejecución hipotecaria.

  • Se podrán negociar alternativas de pagos o solicitar un alquiler social para continuar dentro de la misma vivienda.

El artículo fue actualizado el 12 mayo 2022