El Tribunal Supremo ha resuelto a favor de Wenance Lending de España, S.A., estimando el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias, que había confirmado la nulidad de un micropréstamo por considerarlo usurario. La resolución concluye que la finalidad del proceso iniciado por la demandante fue obtener una condena en costas, lo que constituye un abuso del derecho y una mala fe procesal. La defensa de Wenance ha estado a cargo del abogado Javier Feito Pérez, del despacho Visual InLaw.
Contexto del caso
La controversia se originó a raíz de una demanda interpuesta por una cliente de Wenance que solicitaba la nulidad de un micropréstamo por considerar excesivo el tipo de interés aplicado. Tras cancelar anticipadamente el préstamo inicial, la demandante envió un burofax reclamando su nulidad y, poco después, contrató un segundo préstamo con condiciones similares. Este hecho fue considerado por Wenance como un indicio claro de que el verdadero objetivo de la demanda era obtener una cuantiosa condena en costas.
Sentencia del Tribunal Supremo
El Alto Tribunal ha señalado que, aunque no se entra a valorar el carácter usurario del préstamo ni la validez de las cláusulas contractuales, sí se observa un claro abuso procesal por parte de la demandante. La conducta de solicitar un nuevo préstamo el mismo día de la interposición de la demanda evidencia una estrategia dirigida a obtener beneficios económicos a través de las costas procesales, cuyo monto podría alcanzar los 1.800 euros, muy por encima de lo que realmente podría haberse reclamado.
El Tribunal concluye que este tipo de actuaciones suponen una carga injustificada para el sistema judicial y constituyen un uso fraudulento de los recursos públicos. Por ello, se ha procedido a desestimar la demanda inicial, absolver a Wenance de todas las pretensiones ejercidas y condenar a la parte demandante al pago de las costas de primera instancia, con declaración expresa de temeridad.
La sentencia subraya la importancia de actuar conforme a la buena fe procesal en los litigios y deja claro que el uso de estrategias procesales abusivas será sancionado de manera firme por el sistema judicial español. Esta resolución abre la puerta para que otros jueces entren a valorar la situación completa del contrato y no se limiten a un simple análisis del TAE.
Consecuencias de la sentencia
La resolución, además de eximir a Wenance de cualquier responsabilidad, no sólo absuelve a la financiera, sino que condena en costas a la demandante con declaración expresa de temeridad, reconociendo el carácter abusivo de la acción judicial. Asimismo, establece que no habrá condena en costas para los recursos extraordinarios ni de apelación interpuestos por la financiera y se ha ordenado la devolución de los depósitos constituidos por la entidad para recurrir.
Finalmente, el Tribunal ha dispuesto dar traslado al Ministerio Fiscal para que evalúe si los hechos descritos podrían tener relevancia penal, enmarcados en un posible fraude procesal.
Esta resolución abre la puerta para que otros jueces entren a valorar la situación completa del contrato y no se limiten a un simple análisis de la TAE, fomentando así un examen más detallado de las condiciones generales y particulares de los contratos de préstamo.